calcgratis

Calculadora de indemnización por despido 2026

Calculá cuánto te corresponde si te despiden o renunciás, con la base de cálculo que fija la Ley de Modernización Laboral para despidos desde el 6 de marzo de 2026.

Argentina · 2026 Última verificación:

Bruto. Sin aguinaldo ni vacaciones; incluye adicionales que cobrás todos los meses.
Tres veces el salario promedio de tu convenio colectivo. Dejalo vacío si no lo sabés.
Total de indemnización y liquidación (bruto)$ 15.296.999,75
Liquidación final (siempre se cobra)
Días trabajados del mes15 días
$ 750.000,00
Aguinaldo (SAC) proporcional107 días del semestre
$ 436.141,30
Vacaciones no gozadas16,57 días (te corresponden 21 al año)
$ 994.191,78
Por despido sin causa
Indemnización por antigüedad (art. 245)6 período(s) × $ 1.500.000,00
$ 9.000.000,00
Indemnización sustitutiva de preaviso60 días
$ 3.000.000,00
SAC sobre preaviso
$ 250.000,00
Integración del mes de despido16 días
$ 800.000,00
SAC sobre integración
$ 66.666,67
  • Antigüedad: 5 año(s), 4 mes(es) y 1 día(s).
  • Montos brutos. Los rubros remunerativos (días trabajados, SAC, vacaciones) tienen descuentos de jubilación, obra social y PAMI; la indemnización no.
  • Con la Ley 27.802, para despidos desde el 6/3/2026 la base del art. 245 excluye aguinaldo, vacaciones y premios que no son mensuales, y la indemnización es la única reparación por el despido sin causa.
  • La constitucionalidad de la Ley 27.802 todavía se discute en la Justicia; si cambia, actualizaremos esta calculadora.

Ejemplo calculado con valores de muestra. Cambia los datos y el resultado se actualiza.

Qué cobrás si te despiden sin causa

  • Indemnización por antigüedad (art. 245): un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses. Mínimo, un mes.
  • Preaviso omitido: 15 días en el período de prueba, un mes con menos de 5 años de antigüedad y dos meses con 5 años o más, más su aguinaldo.
  • Integración del mes de despido: los días que faltan hasta fin de mes, si no te dieron preaviso, más su aguinaldo.
  • Liquidación final: días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas. Esto se cobra también si renunciás.

Qué cambió con la Ley 27.802

Para despidos desde el 6 de marzo de 2026, la base del art. 245 excluye el aguinaldo, las vacaciones y los premios que no se cobran todos los meses. Un concepto es habitual si se cobró al menos seis meses del último año.

Se mantiene el tope de tres veces el salario promedio del convenio, pero la base no puede quedar por debajo del 67 % de tu remuneración. Además, la indemnización pasa a ser la única reparación por el despido sin causa y se derogaron las multas por trabajo no registrado de las leyes 24.013, 25.323 y 25.345.

Ejemplo: 5 años y 4 meses de antigüedad y mejor sueldo de 1.000.000 $: son 6 períodos (la fracción de 4 meses cuenta como año), indemnización de 6.000.000 $, más preaviso, integración, SAC y vacaciones.

Parámetros vigentes

Valores legales que usa esta calculadora, con su fuente oficial. Última verificación: .

Indemnización (art. 245)1 mes por año o fracción mayor de 3 meses; mínimo 1 mes
Boletín Oficial: Ley 27.802 de Modernización Laboral (6/3/2026)
Base de cálculoMejor remuneración mensual, normal y habitual; sin SAC, vacaciones ni premios no mensuales
Boletín Oficial: Ley 27.802 de Modernización Laboral (6/3/2026)
Tope y pisoTope: 3 veces el promedio del convenio; piso: 67 % de la remuneración
Boletín Oficial: Ley 27.802 de Modernización Laboral (6/3/2026)
Preaviso15 días en período de prueba; 1 mes con menos de 5 años; 2 meses con 5 o más
Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (arts. 121–123, 150–156, 231–233 y 245)
Vacaciones14, 21, 28 o 35 días según antigüedad; valor diario = sueldo ÷ 25
Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (arts. 121–123, 150–156, 231–233 y 245)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar?

La liquidación final y las indemnizaciones deben pagarse dentro de los cuatro días hábiles desde la extinción del contrato (art. 128 y 255 bis LCT).

¿Me corresponde indemnización si renuncio?

No. Con la renuncia cobrás solo la liquidación final: días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas.

¿La indemnización paga Ganancias?

La indemnización por antigüedad está exenta del Impuesto a las Ganancias. El tratamiento del preaviso y la integración es discutido; consultá a un contador si superás el mínimo no imponible.

¿La Ley 27.802 está vigente?

Sí, rige desde su publicación el 6 de marzo de 2026. La Justicia levantó la medida cautelar que suspendía parte de la ley, aunque su constitucionalidad sigue en discusión.

Fuentes